jueves, 25 de noviembre de 2010

¡TRIUNFÓ LA VIDA!*

Edison

Esta vez dos razones me impiden escribir una larga historia (luego será):  una es que son demasiadas emociones las que vuelan en mi espíritu y prefiero saborerarlas y digerirlas antes de escribir, la segunda es que debemos seguir pintando la Pared de Los Héroes en el Parque del mismo nombre en Paso Ancho, donde el próximo sábado vamos a homenajear a las y los Caminantes, Ayunantes por la Vida y todas aquellas personas que han movido sus intenciones en favor de la Vida (los héroes del nuevo milenio).
Anoche recibí gran cantidad de llamadas y mensajes, aún en la madrugada de hoy seguían escribiendo y gritando:  ¡triunfó la Vida, triunfó la vida!   Ahorita solo quiero hacer un sentido homenaje a cuatro luchadores por la vida, ellos son:

DSC07920.JPG  DSC07926.JPG
Sneida, una de nuestras hermanas mayores en la lucha por la vida, quien cayó al piso envealta en su bandera de Costarrica, cuando Obando, Sosto y Echandi salieron de los Tribunales  -  Y Edgardo, uno de los defensores de la vida, abogado, regidor en la Municipalidad de San Carlos, con uno de los símbolos-elementos de la vida en sus manos:  el fuego convertido en luz.

DSC07928.JPG DSC07933.JPG
Yanet, valiente luchadora de la Zona Norte, Caminante, Ayunante, fortaleza y dignidad  -  Y Luis Manuel (13 años), símbolo en Paso Ancho-San Sebastián de los defensores del ambiente… Caminante y en lucha por la vida desde los 7 años de edad.  A ellos cuatro, en representación de millones de mujeres y hombres que en todo el planeta dicen:  ¡Sí a la vida, NO a la minería!, mis respetos, mi agradecimiento y mi amor.  

DSC07940.JPG Sneida salió de los Tribunales en camilla, con los brazos en alto gritando ¡Viva Costarrica, los amo, los amo!  Sneida llegó en taxi a Crucitas el día que culminamos nuestra primera Caminata de 200 km en 7 días; Sneida salió anoche en ambulancia, rumbo al Hospital Calderón Guardia… Sneida, con fractura de cadera, jamás dejó de sonreir y gritar con su débil voz:  ¡Viva Costarrica, los amo, los amo!

·        La entrega del Premio Popular Pancha Carrasco a los y las Caminantes, participantes en La Hora del Silencio, Ayuno por la Vida y otras acciones en contra de la minería a cielo abierto, se entregará el próximo sábado 27 de noviembre a las 3:30 pm en la Biblioteca Municipal Emma Gamboa de Paso Ancho (100 este de Escuela República de Haití).  Todas y todos están invitados.

NOTA:  sabemos y estamos claros que se ha ganado una batalla, que la lucha continúa, que 17 años de resistencia de las comunidades y organizaciones ambientalistas, ante una poderosa compañía minera, no son suficientes; pero esto nos da fuerza para seguir adelante y ojalá con una mejor articulación del movimiento.

¡TRIUNFÓ LA VIDA!*

Edison

Esta vez dos razones me impiden escribir una larga historia (luego será):  una es que son demasiadas emociones las que vuelan en mi espíritu y prefiero saborerarlas y digerirlas antes de escribir, la segunda es que debemos seguir pintando la Pared de Los Héroes en el Parque del mismo nombre en Paso Ancho, donde el próximo sábado vamos a homenajear a las y los Caminantes, Ayunantes por la Vida y todas aquellas personas que han movido sus intenciones en favor de la Vida (los héroes del nuevo milenio).
Anoche recibí gran cantidad de llamadas y mensajes, aún en la madrugada de hoy seguían escribiendo y gritando:  ¡triunfó la Vida, triunfó la vida!   Ahorita solo quiero hacer un sentido homenaje a cuatro luchadores por la vida, ellos son:

DSC07920.JPG  DSC07926.JPG
Sneida, una de nuestras hermanas mayores en la lucha por la vida, quien cayó al piso envealta en su bandera de Costarrica, cuando Obando, Sosto y Echandi salieron de los Tribunales  -  Y Edgardo, uno de los defensores de la vida, abogado, regidor en la Municipalidad de San Carlos, con uno de los símbolos-elementos de la vida en sus manos:  el fuego convertido en luz.

DSC07928.JPG DSC07933.JPG
Yanet, valiente luchadora de la Zona Norte, Caminante, Ayunante, fortaleza y dignidad  -  Y Luis Manuel (13 años), símbolo en Paso Ancho-San Sebastián de los defensores del ambiente… Caminante y en lucha por la vida desde los 7 años de edad.  A ellos cuatro, en representación de millones de mujeres y hombres que en todo el planeta dicen:  ¡Sí a la vida, NO a la minería!, mis respetos, mi agradecimiento y mi amor.  

DSC07940.JPG Sneida salió de los Tribunales en camilla, con los brazos en alto gritando ¡Viva Costarrica, los amo, los amo!  Sneida llegó en taxi a Crucitas el día que culminamos nuestra primera Caminata de 200 km en 7 días; Sneida salió anoche en ambulancia, rumbo al Hospital Calderón Guardia… Sneida, con fractura de cadera, jamás dejó de sonreir y gritar con su débil voz:  ¡Viva Costarrica, los amo, los amo!

·        La entrega del Premio Popular Pancha Carrasco a los y las Caminantes, participantes en La Hora del Silencio, Ayuno por la Vida y otras acciones en contra de la minería a cielo abierto, se entregará el próximo sábado 27 de noviembre a las 3:30 pm en la Biblioteca Municipal Emma Gamboa de Paso Ancho (100 este de Escuela República de Haití).  Todas y todos están invitados.

NOTA:  sabemos y estamos claros que se ha ganado una batalla, que la lucha continúa, que 17 años de resistencia de las comunidades y organizaciones ambientalistas, ante una poderosa compañía minera, no son suficientes; pero esto nos da fuerza para seguir adelante y ojalá con una mejor articulación del movimiento.

¡TRIUNFÓ LA VIDA!*

Edison

Esta vez dos razones me impiden escribir una larga historia (luego será):  una es que son demasiadas emociones las que vuelan en mi espíritu y prefiero saborerarlas y digerirlas antes de escribir, la segunda es que debemos seguir pintando la Pared de Los Héroes en el Parque del mismo nombre en Paso Ancho, donde el próximo sábado vamos a homenajear a las y los Caminantes, Ayunantes por la Vida y todas aquellas personas que han movido sus intenciones en favor de la Vida (los héroes del nuevo milenio).
Anoche recibí gran cantidad de llamadas y mensajes, aún en la madrugada de hoy seguían escribiendo y gritando:  ¡triunfó la Vida, triunfó la vida!   Ahorita solo quiero hacer un sentido homenaje a cuatro luchadores por la vida, ellos son:

DSC07920.JPG  DSC07926.JPG
Sneida, una de nuestras hermanas mayores en la lucha por la vida, quien cayó al piso envealta en su bandera de Costarrica, cuando Obando, Sosto y Echandi salieron de los Tribunales  -  Y Edgardo, uno de los defensores de la vida, abogado, regidor en la Municipalidad de San Carlos, con uno de los símbolos-elementos de la vida en sus manos:  el fuego convertido en luz.

DSC07928.JPG DSC07933.JPG
Yanet, valiente luchadora de la Zona Norte, Caminante, Ayunante, fortaleza y dignidad  -  Y Luis Manuel (13 años), símbolo en Paso Ancho-San Sebastián de los defensores del ambiente… Caminante y en lucha por la vida desde los 7 años de edad.  A ellos cuatro, en representación de millones de mujeres y hombres que en todo el planeta dicen:  ¡Sí a la vida, NO a la minería!, mis respetos, mi agradecimiento y mi amor.  

DSC07940.JPG Sneida salió de los Tribunales en camilla, con los brazos en alto gritando ¡Viva Costarrica, los amo, los amo!  Sneida llegó en taxi a Crucitas el día que culminamos nuestra primera Caminata de 200 km en 7 días; Sneida salió anoche en ambulancia, rumbo al Hospital Calderón Guardia… Sneida, con fractura de cadera, jamás dejó de sonreir y gritar con su débil voz:  ¡Viva Costarrica, los amo, los amo!

·        La entrega del Premio Popular Pancha Carrasco a los y las Caminantes, participantes en La Hora del Silencio, Ayuno por la Vida y otras acciones en contra de la minería a cielo abierto, se entregará el próximo sábado 27 de noviembre a las 3:30 pm en la Biblioteca Municipal Emma Gamboa de Paso Ancho (100 este de Escuela República de Haití).  Todas y todos están invitados.

NOTA:  sabemos y estamos claros que se ha ganado una batalla, que la lucha continúa, que 17 años de resistencia de las comunidades y organizaciones ambientalistas, ante una poderosa compañía minera, no son suficientes; pero esto nos da fuerza para seguir adelante y ojalá con una mejor articulación del movimiento.

Juicio Crucitas: Texto de la sentencia contra el Estado de Costa Rica y transnacional Infinito Gold

author: hadabruja







  • Tribunal ordena a la Fiscalía determinar si procede causa penal contra Oscar Arias

El Tribunal Contencioso Administrativo anuló la concesión minera y los permisos otorgados a la transnacional canadiense Infinito Gold, así como el DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 34801-MINAET, del ex presidente Oscar Arias Sánchez, que declaró de Interés Público y Conveniencia Nacional al proyecto minero Crucitas, en San Carlos, Región Huetar Norte de Costa Rica.

Además, ordenó al Ministerio Público (Fiscalía), determinar si procede o no una causa penal contra el ex mandatario Oscar Arias Sánchez, contra cinco funcionarios del gobierno y dos funcionarios de la transnacional.

Diario Digital Elpais.cr ofrece a continuación la transcripción no oficial del POR TANTO de la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV, leída por el Juez Eduardo González Segura:

Jueces: David Fallas Redondo, Grace Loaiza Sánchez y el presidente Eduardo González Segura.


Por tanto de la setencia:


Se admite el hecho nuevo presentado por la Asociación Preservacionista de la Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), en relación con la falta de visado del Colegio de Ingenieros Químicos, la falta de firma de un ingeniero químico, en los planos y diagramas de flujo del proyecto minero Crucitas.

Se admite el hecho nuevo formulado por los actores y su coadyuvante en relación con la existencia de un camino público en la zona del proyecto minero Crucitas, el cual la empresa demandada propone disponer la construcción de la laguna de relaves.

Se acoge la defensa de acto no susceptible de impugnación, formulada por Industrias Infinito Sociedad Anónima, únicamente en relación con los oficios números DST-773-2006, emitido por el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia Agropecuaria en fecha 4 de octubre del 2006, y número ASA-013-2008-SETENA, emitido por el Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), en fecha 14 de enero del 2008. En consecuencia se declara inadmisible la demanda de Jorge Lobo Segura únicamente en cuanto a sus pretensiones anulatorias contra los oficios DST-773-2006 y ASA-013-2008-SETENA, ya citados.

Se rechazan las defensas previas de cosa juzgada, caducidad y la así denominada inadmisibilidad de la acción, formuladas por el Estado.

Se rechazan las defensas previas de cosa juzgada, caducidad, prescripción, acto consentido y en la que no fue acogida la de actos no susceptibles de impugnación, formuladas por Industrias Infinito Sociedad anónima.

Se rechazan las defensa previas de cosa juzgada y caducidad formuladas por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los demandados en relación con las pretensiones de nulidad de las resoluciones número 3638-2005-SETENA; número 170-2008-SETENA; número R217-2008-MINAE; número 244-2008-SCH y el Decreto Ejecutivo número 34801- MINAET.

Se acoge la excepción de falta de legitimación activa opuesta por el Estado en relación con la pretensión de daño moral formulada por la APREFLOFAS respecto de las pretensiones numeradas como 2 y 4 del escrito de demanda de Jorge Lobo Segura, visibles a folio 1578, de tomo tercero del expediente judicial.

Se acoge la excepción de falta de derecho y se rechazan las excepciones de falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los codemandados.

Se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los codemandados respecto de las pretensiones de reparación del daño, formuladas por don Jorge Lobo Segura contenidas en las pretensiones numeradas como 3 y 5 de su escrito de demanda, visible a folio 1517 de tomo tercero del expediente judicial.


Corolario de lo anterior:


Se declara, parcialmente con lugar las demandas presentadas por APREFLOFAS y Jorge Lobo Segura.


En consecuencia se resuelve así:


Se anulan las resoluciones número 3638-2005-SETENA; número 170-2008-SETENA; número R217-2008-MINAE; número 244-2008-SCH y el DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 34801-MINAET.

Se condena a los demandados Industrias Infinito Sociedad Anónima, al Estado y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación a la reparación integral de los daños ambientales provocados con la tala rasa llevada a todas las propiedades de Industrias Infinito Sociedad Anónima con posterioridad al dictado a la resolución número 244-2008-SCH, mismos que se determinarán en fase de discusión de sentencia, tomando en cuenta para tales efectos, lo siguiente:

El daño ambiental sufrido se determinará mediante prueba pericial, la cual deberá tener las recomendaciones necesarias para la reparación integral de la zona afectada. Asimismo, pericialmente deberá cuantificarse la suma necesaria para la reparación integral de la zona impactada y una vez calculada por el juez ejecutor, dicha suma deberá ser depositada en la Caja Única del Estado en una cuenta cliente creada específicamente para tal fin, misma que deberá ser identificada con el objeto y destino para lo que fue creada, y el titular de las actas será el MINAET, el que deberá destinar la suma fijada exclusivamente para ejecutar las obras de reparación y restauración de la zona afectada.

Respecto a los codemandados Estado y SINAC deberá el Ministerio de Hacienda realizar la provisión presupuestaria de las sumas que se lleguen a establecer en ejecución de sentencia, a fin de garantizar la disposición presupuestaria para hacer efectiva la citada reparación. Deberá Industrias Infinito S.A. colaborar y permitir todas las actividades tendientes a la reparación aquí ordenada.

Se ordena comunicar la presente sentencia al Ministerio de Hacienda, al Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República, al Área de Derecho del Área Ambiental de la Procuraduría General de la República y a la Defensoría de los Habitantes de la República para la de sus cargos.

Se mantiene la medida cautelar ordenada mediante resoluciones 1377-2010 de las 18:25 horas del 26 de abril del 2010; número 1477-2010 de las 16:07 minutos del 23 de abril del 2010 hasta una vez que alcance firmeza esta sentencia.

Se ordena al Registro Nacional Minero cancelar la concesión a favor de Industrias Infinito S.A., que se tramitó como Expediente Minero Número 2594.

Se ordena comunicar esta sentencia al MINAET a efecto que se inicien los procedimientos administrativos que correspondan contra Eduardo Murillo Marchena, José Francisco Castro Muñoz y Cynthia Cavallini Chinchilla.

Se ordena comunicar esta sentencia al Ministerio Público para que allí se determine si es procedente o no seguir una causa penal en contra de alguna en contra de las siguientes personas:

Oscar Arias Sánchez

Roberto Dobles Mora

Sonia Espinoza Valverde

Eduardo Murillo Marchena

José Francisco Castro Muñoz

Cynthia Cavallini Chinchilla

Sandra Arredondo Li, y

Arnoldo Rudín Arias.

Se ordena comunicar a la Fiscalía del Colegio de Abogados y Abogadas para que se investigue el comportamiento del abogado Sergio Artavia Barrantes en este proceso.

Se condena al Estado, al SINAC y a Industrias Infinito S.A. al pago de ambas costas de esta acción.

De conformidad con el numeral 130, inciso 3, del Código Procesal Administrativo se ordena publicar íntegramente la presente sentencia en el Diario Oficial La Gaceta con cargo al Estado.

Este es el dictamen integral de la parte dispositiva", leída por Eduardo González Segura, Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV.

Fuente: Diario Digital Nuestro País

Imagen: DiarioDigital Nuestro País

El énfasis es nuestro

Juicio Crucitas: Texto de la sentencia contra el Estado de Costa Rica y transnacional Infinito Gold

author: hadabruja







  • Tribunal ordena a la Fiscalía determinar si procede causa penal contra Oscar Arias

El Tribunal Contencioso Administrativo anuló la concesión minera y los permisos otorgados a la transnacional canadiense Infinito Gold, así como el DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 34801-MINAET, del ex presidente Oscar Arias Sánchez, que declaró de Interés Público y Conveniencia Nacional al proyecto minero Crucitas, en San Carlos, Región Huetar Norte de Costa Rica.

Además, ordenó al Ministerio Público (Fiscalía), determinar si procede o no una causa penal contra el ex mandatario Oscar Arias Sánchez, contra cinco funcionarios del gobierno y dos funcionarios de la transnacional.

Diario Digital Elpais.cr ofrece a continuación la transcripción no oficial del POR TANTO de la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV, leída por el Juez Eduardo González Segura:

Jueces: David Fallas Redondo, Grace Loaiza Sánchez y el presidente Eduardo González Segura.


Por tanto de la setencia:


Se admite el hecho nuevo presentado por la Asociación Preservacionista de la Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), en relación con la falta de visado del Colegio de Ingenieros Químicos, la falta de firma de un ingeniero químico, en los planos y diagramas de flujo del proyecto minero Crucitas.

Se admite el hecho nuevo formulado por los actores y su coadyuvante en relación con la existencia de un camino público en la zona del proyecto minero Crucitas, el cual la empresa demandada propone disponer la construcción de la laguna de relaves.

Se acoge la defensa de acto no susceptible de impugnación, formulada por Industrias Infinito Sociedad Anónima, únicamente en relación con los oficios números DST-773-2006, emitido por el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia Agropecuaria en fecha 4 de octubre del 2006, y número ASA-013-2008-SETENA, emitido por el Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), en fecha 14 de enero del 2008. En consecuencia se declara inadmisible la demanda de Jorge Lobo Segura únicamente en cuanto a sus pretensiones anulatorias contra los oficios DST-773-2006 y ASA-013-2008-SETENA, ya citados.

Se rechazan las defensas previas de cosa juzgada, caducidad y la así denominada inadmisibilidad de la acción, formuladas por el Estado.

Se rechazan las defensas previas de cosa juzgada, caducidad, prescripción, acto consentido y en la que no fue acogida la de actos no susceptibles de impugnación, formuladas por Industrias Infinito Sociedad anónima.

Se rechazan las defensa previas de cosa juzgada y caducidad formuladas por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los demandados en relación con las pretensiones de nulidad de las resoluciones número 3638-2005-SETENA; número 170-2008-SETENA; número R217-2008-MINAE; número 244-2008-SCH y el Decreto Ejecutivo número 34801- MINAET.

Se acoge la excepción de falta de legitimación activa opuesta por el Estado en relación con la pretensión de daño moral formulada por la APREFLOFAS respecto de las pretensiones numeradas como 2 y 4 del escrito de demanda de Jorge Lobo Segura, visibles a folio 1578, de tomo tercero del expediente judicial.

Se acoge la excepción de falta de derecho y se rechazan las excepciones de falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los codemandados.

Se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los codemandados respecto de las pretensiones de reparación del daño, formuladas por don Jorge Lobo Segura contenidas en las pretensiones numeradas como 3 y 5 de su escrito de demanda, visible a folio 1517 de tomo tercero del expediente judicial.


Corolario de lo anterior:


Se declara, parcialmente con lugar las demandas presentadas por APREFLOFAS y Jorge Lobo Segura.


En consecuencia se resuelve así:


Se anulan las resoluciones número 3638-2005-SETENA; número 170-2008-SETENA; número R217-2008-MINAE; número 244-2008-SCH y el DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 34801-MINAET.

Se condena a los demandados Industrias Infinito Sociedad Anónima, al Estado y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación a la reparación integral de los daños ambientales provocados con la tala rasa llevada a todas las propiedades de Industrias Infinito Sociedad Anónima con posterioridad al dictado a la resolución número 244-2008-SCH, mismos que se determinarán en fase de discusión de sentencia, tomando en cuenta para tales efectos, lo siguiente:

El daño ambiental sufrido se determinará mediante prueba pericial, la cual deberá tener las recomendaciones necesarias para la reparación integral de la zona afectada. Asimismo, pericialmente deberá cuantificarse la suma necesaria para la reparación integral de la zona impactada y una vez calculada por el juez ejecutor, dicha suma deberá ser depositada en la Caja Única del Estado en una cuenta cliente creada específicamente para tal fin, misma que deberá ser identificada con el objeto y destino para lo que fue creada, y el titular de las actas será el MINAET, el que deberá destinar la suma fijada exclusivamente para ejecutar las obras de reparación y restauración de la zona afectada.

Respecto a los codemandados Estado y SINAC deberá el Ministerio de Hacienda realizar la provisión presupuestaria de las sumas que se lleguen a establecer en ejecución de sentencia, a fin de garantizar la disposición presupuestaria para hacer efectiva la citada reparación. Deberá Industrias Infinito S.A. colaborar y permitir todas las actividades tendientes a la reparación aquí ordenada.

Se ordena comunicar la presente sentencia al Ministerio de Hacienda, al Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República, al Área de Derecho del Área Ambiental de la Procuraduría General de la República y a la Defensoría de los Habitantes de la República para la de sus cargos.

Se mantiene la medida cautelar ordenada mediante resoluciones 1377-2010 de las 18:25 horas del 26 de abril del 2010; número 1477-2010 de las 16:07 minutos del 23 de abril del 2010 hasta una vez que alcance firmeza esta sentencia.

Se ordena al Registro Nacional Minero cancelar la concesión a favor de Industrias Infinito S.A., que se tramitó como Expediente Minero Número 2594.

Se ordena comunicar esta sentencia al MINAET a efecto que se inicien los procedimientos administrativos que correspondan contra Eduardo Murillo Marchena, José Francisco Castro Muñoz y Cynthia Cavallini Chinchilla.

Se ordena comunicar esta sentencia al Ministerio Público para que allí se determine si es procedente o no seguir una causa penal en contra de alguna en contra de las siguientes personas:

Oscar Arias Sánchez

Roberto Dobles Mora

Sonia Espinoza Valverde

Eduardo Murillo Marchena

José Francisco Castro Muñoz

Cynthia Cavallini Chinchilla

Sandra Arredondo Li, y

Arnoldo Rudín Arias.

Se ordena comunicar a la Fiscalía del Colegio de Abogados y Abogadas para que se investigue el comportamiento del abogado Sergio Artavia Barrantes en este proceso.

Se condena al Estado, al SINAC y a Industrias Infinito S.A. al pago de ambas costas de esta acción.

De conformidad con el numeral 130, inciso 3, del Código Procesal Administrativo se ordena publicar íntegramente la presente sentencia en el Diario Oficial La Gaceta con cargo al Estado.

Este es el dictamen integral de la parte dispositiva", leída por Eduardo González Segura, Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV.

Fuente: Diario Digital Nuestro País

Imagen: DiarioDigital Nuestro País

El énfasis es nuestro

Juicio Crucitas: Texto de la sentencia contra el Estado de Costa Rica y transnacional Infinito Gold

author: hadabruja







  • Tribunal ordena a la Fiscalía determinar si procede causa penal contra Oscar Arias

El Tribunal Contencioso Administrativo anuló la concesión minera y los permisos otorgados a la transnacional canadiense Infinito Gold, así como el DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 34801-MINAET, del ex presidente Oscar Arias Sánchez, que declaró de Interés Público y Conveniencia Nacional al proyecto minero Crucitas, en San Carlos, Región Huetar Norte de Costa Rica.

Además, ordenó al Ministerio Público (Fiscalía), determinar si procede o no una causa penal contra el ex mandatario Oscar Arias Sánchez, contra cinco funcionarios del gobierno y dos funcionarios de la transnacional.

Diario Digital Elpais.cr ofrece a continuación la transcripción no oficial del POR TANTO de la sentencia dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV, leída por el Juez Eduardo González Segura:

Jueces: David Fallas Redondo, Grace Loaiza Sánchez y el presidente Eduardo González Segura.


Por tanto de la setencia:


Se admite el hecho nuevo presentado por la Asociación Preservacionista de la Flora y Fauna Silvestre (APREFLOFAS), en relación con la falta de visado del Colegio de Ingenieros Químicos, la falta de firma de un ingeniero químico, en los planos y diagramas de flujo del proyecto minero Crucitas.

Se admite el hecho nuevo formulado por los actores y su coadyuvante en relación con la existencia de un camino público en la zona del proyecto minero Crucitas, el cual la empresa demandada propone disponer la construcción de la laguna de relaves.

Se acoge la defensa de acto no susceptible de impugnación, formulada por Industrias Infinito Sociedad Anónima, únicamente en relación con los oficios números DST-773-2006, emitido por el Instituto Nacional de Innovación y Transferencia Agropecuaria en fecha 4 de octubre del 2006, y número ASA-013-2008-SETENA, emitido por el Departamento de Auditoría y Seguimiento Ambiental de la Secretaría Técnica Nacional Ambiental (SETENA), en fecha 14 de enero del 2008. En consecuencia se declara inadmisible la demanda de Jorge Lobo Segura únicamente en cuanto a sus pretensiones anulatorias contra los oficios DST-773-2006 y ASA-013-2008-SETENA, ya citados.

Se rechazan las defensas previas de cosa juzgada, caducidad y la así denominada inadmisibilidad de la acción, formuladas por el Estado.

Se rechazan las defensas previas de cosa juzgada, caducidad, prescripción, acto consentido y en la que no fue acogida la de actos no susceptibles de impugnación, formuladas por Industrias Infinito Sociedad anónima.

Se rechazan las defensa previas de cosa juzgada y caducidad formuladas por el Sistema Nacional de Áreas de Conservación (SINAC).

Se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los demandados en relación con las pretensiones de nulidad de las resoluciones número 3638-2005-SETENA; número 170-2008-SETENA; número R217-2008-MINAE; número 244-2008-SCH y el Decreto Ejecutivo número 34801- MINAET.

Se acoge la excepción de falta de legitimación activa opuesta por el Estado en relación con la pretensión de daño moral formulada por la APREFLOFAS respecto de las pretensiones numeradas como 2 y 4 del escrito de demanda de Jorge Lobo Segura, visibles a folio 1578, de tomo tercero del expediente judicial.

Se acoge la excepción de falta de derecho y se rechazan las excepciones de falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los codemandados.

Se rechazan las excepciones de falta de derecho, falta de legitimación activa y falta de interés opuestas por los codemandados respecto de las pretensiones de reparación del daño, formuladas por don Jorge Lobo Segura contenidas en las pretensiones numeradas como 3 y 5 de su escrito de demanda, visible a folio 1517 de tomo tercero del expediente judicial.


Corolario de lo anterior:


Se declara, parcialmente con lugar las demandas presentadas por APREFLOFAS y Jorge Lobo Segura.


En consecuencia se resuelve así:


Se anulan las resoluciones número 3638-2005-SETENA; número 170-2008-SETENA; número R217-2008-MINAE; número 244-2008-SCH y el DECRETO EJECUTIVO NÚMERO 34801-MINAET.

Se condena a los demandados Industrias Infinito Sociedad Anónima, al Estado y al Sistema Nacional de Áreas de Conservación a la reparación integral de los daños ambientales provocados con la tala rasa llevada a todas las propiedades de Industrias Infinito Sociedad Anónima con posterioridad al dictado a la resolución número 244-2008-SCH, mismos que se determinarán en fase de discusión de sentencia, tomando en cuenta para tales efectos, lo siguiente:

El daño ambiental sufrido se determinará mediante prueba pericial, la cual deberá tener las recomendaciones necesarias para la reparación integral de la zona afectada. Asimismo, pericialmente deberá cuantificarse la suma necesaria para la reparación integral de la zona impactada y una vez calculada por el juez ejecutor, dicha suma deberá ser depositada en la Caja Única del Estado en una cuenta cliente creada específicamente para tal fin, misma que deberá ser identificada con el objeto y destino para lo que fue creada, y el titular de las actas será el MINAET, el que deberá destinar la suma fijada exclusivamente para ejecutar las obras de reparación y restauración de la zona afectada.

Respecto a los codemandados Estado y SINAC deberá el Ministerio de Hacienda realizar la provisión presupuestaria de las sumas que se lleguen a establecer en ejecución de sentencia, a fin de garantizar la disposición presupuestaria para hacer efectiva la citada reparación. Deberá Industrias Infinito S.A. colaborar y permitir todas las actividades tendientes a la reparación aquí ordenada.

Se ordena comunicar la presente sentencia al Ministerio de Hacienda, al Área de Servicios Públicos Generales y Ambientales de la Contraloría General de la República, al Área de Derecho del Área Ambiental de la Procuraduría General de la República y a la Defensoría de los Habitantes de la República para la de sus cargos.

Se mantiene la medida cautelar ordenada mediante resoluciones 1377-2010 de las 18:25 horas del 26 de abril del 2010; número 1477-2010 de las 16:07 minutos del 23 de abril del 2010 hasta una vez que alcance firmeza esta sentencia.

Se ordena al Registro Nacional Minero cancelar la concesión a favor de Industrias Infinito S.A., que se tramitó como Expediente Minero Número 2594.

Se ordena comunicar esta sentencia al MINAET a efecto que se inicien los procedimientos administrativos que correspondan contra Eduardo Murillo Marchena, José Francisco Castro Muñoz y Cynthia Cavallini Chinchilla.

Se ordena comunicar esta sentencia al Ministerio Público para que allí se determine si es procedente o no seguir una causa penal en contra de alguna en contra de las siguientes personas:

Oscar Arias Sánchez

Roberto Dobles Mora

Sonia Espinoza Valverde

Eduardo Murillo Marchena

José Francisco Castro Muñoz

Cynthia Cavallini Chinchilla

Sandra Arredondo Li, y

Arnoldo Rudín Arias.

Se ordena comunicar a la Fiscalía del Colegio de Abogados y Abogadas para que se investigue el comportamiento del abogado Sergio Artavia Barrantes en este proceso.

Se condena al Estado, al SINAC y a Industrias Infinito S.A. al pago de ambas costas de esta acción.

De conformidad con el numeral 130, inciso 3, del Código Procesal Administrativo se ordena publicar íntegramente la presente sentencia en el Diario Oficial La Gaceta con cargo al Estado.

Este es el dictamen integral de la parte dispositiva", leída por Eduardo González Segura, Presidente del Tribunal Contencioso Administrativo, Sección IV.

Fuente: Diario Digital Nuestro País

Imagen: DiarioDigital Nuestro País

El énfasis es nuestro

QUITAN CONCESIÓN MINERA A CRUCITAS

• Tribunal ordena abrir causa contra ex presidente Óscar Arias

Sandra Cordero G
scordero@diarioextra.com
Fotos: Víctor Benavides

En el momento cuando los jueces salieron de la sala, los abogados ambientalistas aprovecharon para abrazarse y celebrar el fallo, con el cual se eliminaba la concesión de la empresa minera.
Los ambientalistas y personas relacionadas con el caso Crucitas, que se seguía en el Tribunal Contencioso Administrativo desde el pasado 4 de octubre, ayer tuvieron por fin la posibilidad de escuchar el por tanto del fallo, en el cual se ordenó anular la concesión a la Empresa Industrias Infinito para desarrollar el proyecto minero. Además se anularán el decreto de conveniencia nacional, la viabilidad ambiental y el decreto de la corta de árboles, por lo que el ex presidente Óscar Arias, y el ex ministro, Roberto Dobles, deberán rendir cuentas ante el Ministerio Público, adonde se enviará el fallo. El fallo dado por los jueces, Eduardo González, Grace Loaiza y David Fallas, tomó por sorpresa a muchos y con agrado a otros, luego de estar más de mes y medio en juicio para determinar la legalidad de los procesos que le dio el Estado al proyecto minero localizado en Cutris de San Carlos. La anulación de la concesión se debe dar por parte del Registro Minero, según lo indica el Código Minero.
Pero el por tanto no solo hizo que se eliminara la concesión, sino que también ordenó a la Empresa Industrias Infinito, al Estado y al Sistema de Áreas de Conservación (Sinac), a pagar por los daños ambientales causados en la zona y al restablecimiento del equilibrio ambiental.
Para esto deberán crear una cuenta, en la que se depositarán los recursos cuando se haya realizado el debido cálculo.
Para quienes deseen conocer la sentencia completa deberán esperarse hasta el 14 de diciembre cuando se dé la lectura completa.

ENVÍO DE FALLO AL MINISTERIO PÚBLICO

Los jueces del Tribunal Contencioso Administrativo indicaron que se recomendaba enviar el fallo al Ministerio Público para abrirle la causa judicial al ex presidente Óscar Arias Sánchez, y al ex ministro de Ambiente, Energía y Telecomunicaciones, Roberto Dobles, para que rindan cuentas por el Decreto de Conveniencia Nacional.
Además también deberán ser procesados los funcionarios de la Dirección de Geología y Minas y la Secretaría Técnica Nacional Ambiental vinculados con la declaratoria de interés público de la Mina Crucitas. Se trató de conocer la opinión del Premio Nobel de la Paz, Óscar Arias, pero al cierre de edición de DIARIO EXTRA no había querido brindar declaraciones sobre el tema.

AMBIENTALISTAS CELEBRARON

Al terminar de dar el fallo y al salir los jueces de la Sala Número 2 del Tribunal Contencioso Administrativo los abogados ambientalistas se pusieron a celebrar entre ellos abrazándose y comentando la decisión del trío de jueces. No veían el momento de salir para festejar con las personas que los esperaban en las afueras del antiguo edificio Motorola.
El abogado y representante de Unovida, al salir de la sala, no pudo evitar derramar unas lágrimas de alegría, como él mismo las definió, e indicó que se sentía muy satisfecho con el fallo, porque quedó demostrado que “el poder político y económico del país no puede hacer lo que quiera”, haciendo referencia al decreto de conveniencia nacional, promovido en el gobierno pasado.
En el caso del abogado de la Asociación Preservacionista de Flora y Fauna, Bernal Gamboa, indicó que “sí esperábamos este veredicto, porque los jueces fueron muy cuidadosos en sus interrogatorios, lo único que no me esperaba era la parte en la que remiten el fallo al Ministerio Público por lo cual tengo que decir que los jueces fueron muy valientes al dar este fallo”.

PREPARADOS PARA IR A CASACIÓN

Los personeros de la Empresa Industrias Infinito S.A. afirmaron que ya tenían previsto que independientemente del fallo se iría a casación y apelarán ante la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia y lo mantienen al afirmar “así estaba previsto, sin sorpresas, ni reclamos”.
Con respecto a las acciones legales que tomará a partir de este momento Industrias Infinito S.A., la compañía esperará la sentencia integral que será dada a conocer el martes 14 de diciembre para su debido análisis y estudio para argumentar la respectiva respuesta ante la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia.
Sobre el futuro de la empresa, que ha invertido $127 millones en Costa Rica, Obando afirmó que Industrias Infinito continuará con su operación normal en el país por la responsabilidad que tiene con sus empleados, con las comunidades y con el Estado costarricense. “No podemos abandonar a las decenas de familias de Cutris y Pocosol que tienen muchos años de esperar el apoyo necesario para salir de la pobreza y seguiremos luchando para ayudarles a progresar”, subrayó Obando.

PRESIDENTA CAUTELOSA

Laura Chinchilla, presidenta de la República, dio declaraciones acerca del fallo de Crucitas y afirmó: “Recordemos que lo que dieron los jueces es el por tanto y ustedes van a requerir una posición del gobierno, por lo que desde ya les adelanto que para nosotros va a ser un poco difícil manifestarnos al respecto hasta no tener en nuestras manos el fallo completo, de manera tal que esa será la posición de nosotros y de la Procuraduría.

¿Qué opina sobre el fallo del Tribunal?

Rocío Carranza
“Creo que es un día hermoso para Costa Rica, la verdad ha ganado, la vida y la verdad, además hemos dejado claro que en el país los derechos humanos se respetan”.
Víctor Rojas
“Resulta increíble que el Tribunal haya fallado no a la minería, si a la vida, extremadamente felices, es un indicador de que todas las acciones realizadas funcionaron.

Rosibel Porras
“La verdad lo esperábamos, teníamos fe en los jueces, quienes fueron tan transparentes desde el principio, y en que todavía podemos creer en el sistema”.

Ricardo Prado
“Es casi que increíble, es inesperado, en este momento estoy en estado de júbilo”.